Precauciones con el gas a bordo.
Como todos bien sabemos, la cocina es uno de los lugares más peligrosos del barco, foco de muchos de los accidentes que en él suceden.
Cocina del modelo SPACE 880
imprescindible.
Para garantizar totalmente la seguridad (sobre todo en las de gas), las cocinas deben ser instaladas por un técnico autorizado, quien deberá respetar a la perfección todos los requisitos de la legislación vigente.
Es además nuestro deber, vigilar las siguientes cuestiones básicas:
La colocación de la cocina: deberá estar en un lugar perfectamente ventilado.
En caso de que la alimentación sea a gas, deberemos prever un alojamiento exterior y correctamente ventilado para la botella de gas.
La conexión entre la cocina y la botella de gas se hará mediante un conducto rígido (inox o cobre). Un tubo flexible de un metro máximo se admite a la salida de la cocina; por supuesto es imprescindible que se compruebe su estado con cierta asiduidad y que se reemplace periódicamente.
Resulta también sumamente importante prever una llave de paso sobre el conducto rígido próximo a la cocina, para los casos de emergencia.
El Gas Licuado
!Mucha Atención!
El gas licuado es más pesado que el aire, por lo que se comporta como un líquido y no se "evapora" como comúnmente se supone, sino que se escurre hacia abajo. Así se puede acumular en la sentina, donde luego de meses, mezclándose con el aire, se convierte en una mezcla explosiva. Debido a esas características se debe seguir la siguiente normativa para la instalación a bordo:
1. Las bombonas de gas nunca deben estar instaladas en el interior de la embarcación, sino en un compartimiento estanco exterior con drenaje descendente hacia el exterior del casco, por sobre la línea de flotación, con una sección no menor de 2 cm.
2. Las bombonas deben estar equipadas con válvula de cierre y regulador de presión a 50 mbar. La válvula de cierre debe acusar inequívocamente a la vista su estado de abierto o cerrado.
3. La conexión a las bombonas, dentro del compartimiento estanco se efectúa con manguera o flexible aprobada para gas (nunca con manguera para agua).
4. Desde el compartimiento de bombonas hasta el artefacto consumidor (cocina, estufa, etc.), la conexión debe efectuarse con caño de cobre (no con manguera) con sujeciones cada 0.50 m.
5. Las conexiones de manguera a caño no se efectúan con bridas, sino con algunos de los sistemas a rosca existentes para tal fin. Si fuese inevitable la conexión directa enchufando la manguera sobre el caño, ésta debe asegurarse con dos bridas de inoxidable giradas entre sí en 180°.
6. Si la cocina es de suspensión cardánica, se conectará el caño de cobre con manguera según puntos 3 y 5.
7. Los quemadores de cualquier artefacto deben estar indefectiblemente equipados con válvulas de seguridad termoeléctricas o similar, las cuales en caso de apagarse la llama deben cerrar el paso de gas en menos de 1 minuto.
8. Delante de cada artefacto debe instalarse una válvula de cierre manual fácilmente accesible.